martes, 17 de mayo de 2016

De la Exposición de Motivos: Violación como emergencia medica humanitaria


En el décimo sexto párrafo de la Exposición de motivos de la Iniciativa de Ley se enuncia:
Por las implicaciones que tiene para la vida y la salud de las mujeres, la violencia sexual constituye una emergencia de salud. El embarazo post violación es considerado de alto riesgo obstétrico y puede desencadenar múltiples y graves patologías médicas, llevando inclusive el suicidio, como resultante del trauma emocional. Tal como confirman diversos estudios, cerca del 70% de las mujeres que han pasado por una violación presentan trastorno de estrés postraumático que se prolongará por muchos años.[1]

I.- De este párrafo, analizaremos el Concepto Violación como Emergencia de Salud.   
La Violación se considera una emergencia médica humanitaria por tres razones:
1                  1. Sus consecuencias demandan una atención médica de urgencia (prevención de riesgos asociados y tratamiento de secuelas).
  1. La sintomatología asociada demanda una atención psicosocial del trauma.
  2. Las víctimas requieren de servicios especializados para su recuperación integral. [2]
II.- Consecuencias Físicas de una Violación.
La violación como grado máximo de la violencia sexual tiene devastadoras consecuencias en la salud física, mental y social de una niña, adolescente o mujer que sobrevive a este acto atroz.

Tiene secuelas físicas que se pueden presentar de inmediato, a mediano y largo plazo. También tiene consecuencias sicológicas que pueden durar muchos años y a veces toda la vida.

Secuelas Físicas:
Lesiones comunes de una violación son golpes, heridas, rasguños, irritación, contusión y lesiones genitales (desgarros, moretones, inflamación, enrojecimiento, laceraciones, erosiones), sangrado vaginal o rectal y flujos. 

Según el ataque, la víctima experimenta golpes, hematomas y heridas en otras áreas del cuerpo. En mujeres se observan con más probabilidad en el periné, los labios menores, el himen, la vagina y/o útero. Si la víctima está embarazada, se  le puede desencadenar un aborto.

También se presenta trauma rectal o anal, hemorragias, trauma abdominal, shock y muerte por las lesiones o muerte por asfixia que es la forma más común como los violadores matan a sus víctimas. 

Si la víctima sobrevive, como secuelas luego pueden presentarse: fibrosis de tejido vaginal, enfermedades pélvicas inflamatorias, infecciones urinarias, dolor pélvico crónico, dolor durante la actividad sexual, y pérdida del deseo sexual. Fístula traumática. Infertilidad. Cicatrices de la diversas lesiones en todo el cuerpo.

El riesgo de embarazo y de enfermedades de transmisión sexual constituye la amenaza más inmediata ya que debido a las heridas sangrantes en la zona genital y anal, se facilita la entrada de cualquier microorganismo incluído el virus de VIH a través de las mucosas. [3]

El suicidio también se presenta como un efecto físico de una violación. [4]

II.- Magnitud del problema en Nicaragua.

Durante el 2014 en el Instituto de Medicina Legal, se registraron un total de 6,052 peritajes por violencia sexual, lo que representan el 8.11% de todos los peritajes médico-legales efectuados a personas vivas en todo el territorio nacional. Significa que se evaluaron 504 personas por mes, 17 por días y un caso cada 2 horas.
El uso de la fuerza y la agresión fue la circunstancia que predominó con un 30%. El segundo lugar lo ocupó la posición de poder, autoridad y superioridad para un 17% (Cuadro No. 21). El domicilio es el lugar de ocurrencia más frecuente de los hechos. (Cuadro No. 22).

Según el IEEPP la violación es uno de los delitos a los que temen las nicas y los  nicas.[5]
 III.- Ante una Violación el Minsa ordena:
“Prioridades:
      Al atender a la víctima de abuso sexual la prioridad de la atención debe estar encaminada siempre a preservar la vida en ella, la salud y bienestar de la misma. Promover un servicio médico legal sin atender primero las necesidades de salud  de la o el usuario, es negligente.
Este interés de bienestar debe incluir asegurarse que quienes requieran atención clínica y psicológica, puedan mantener su dignidad después del abuso sexual que le causó  sentimientos de humillación y degradación, los que son una parte mínima de las incalculables consecuencias de la violencia sexual en la vida de las víctimas.

En el caso de las mujeres adolescentes y en edad fértil, deberá garantizarse, ante el riesgo de embarazo producto del abuso, la anticoncepción de emergencia, (recordar el consentimiento informado) lo cual debe quedar plasmado en el expediente.

A las dos semanas: Analice con la paciente los resultados de cualquier prueba que se haya realizado, incluida la prueba de embarazo si es lo indicado. Si la paciente está embarazada, explíquele sus opciones. Siempre tener presente que pudiera existir un embarazo inicial previo al abuso por lo que el interrogatorio debe ser bien dirigido para indagar este aspecto”.[6]

IV.- La Violencia Sexual en el Año del Jubileo Extraordinario de la Misericordia.
Tan terrible es el drama de una violación que en el video del Papa Francisco de este mes se hace un llamado a condenar la Violencia Sexual contra las mujeres.

V.- En los próximos artículos abordaré profundamente los acápites Embarazo producto de Violación, Secuelas sicológicas de una Violación y La incorporación de la violación dentro de la causal salud para una interrupción del embarazo. 

VI.-  Iniciativa de Ley: Como una forma de ayudar al Estado de Nicaragua a profundizar sus esfuerzos por asegurar a las mujeres el derecho a una vida libre de violencia y a evadir el riesgo de ser catalogado como un estado perpetrador de violencia contra las mujeres,  el Comité Promotor al detectar el vacío legal que existe en la normativa nacional sobre la interrupción del embarazo por causas de salud presentó ante la Asamblea Nacional la Iniciativa de una Ley Especial que contempla los embarazos productos de violación.

[1] Iniciativa de Ley Especial para la Interrupción del embarazo por causas de salud. Comité Promotor. Managua, Nicaragua. 6 de Octubre del 2015
[2] Informe mundial sobre violencia y salud. Organización Mundial de la Salud, 2002 - www.paho.org/Spanish/AM/PUB/Violencia_2003.htm
[3] Fundación Valle del Lilli. Carta de la Salud. Nº 159. Agosto 2009.
[4] Ladi Londoño María E. Embarazo por Violación o crisis Múltiple. Resultados de la Investigación: Embarazo por Violación en un grupo de mujeres víctimas de Cali. Colombia. 2000
[5] Instituto de Estudios Estratégicos y Políticas Públicas. III Encuesta sobre percepción ciudadana. Managua, Nicaragua, 2014.
[6] NORMAS Y PROTOCOLOS PARA LA PREVENCIÓN, DETECCIÓN Y ATENCIÓN DE LA VIOLENCIA INTRAFAMILIAR Y SEXUAL. Normativa 031. Minsa. Minsa. Nicaragua. Nov. 2009