El Comité Promotor que presentó la Iniciativa de ley ante la Asamblea Nacional la nombró: “Ley especial para la interrupción del embarazo por causas de salud”
En los tres blogs anteriores hemos
analizado el concepto Salud, el concepto Embarazo, el concepto Interrupción del
Embarazo. Hoy analizaremos el concepto: Ley Especial.
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Sobre la atención especial de la mujer durante el embarazo
El Arto. 74 de la Constitución enuncia: El Estado
otorgará protección especial al proceso de la reproducción humana. “La mujer tendrá especial atención durante el embarazo…”.
Haciéndose eco de este mandato constitucional diversos entes
gubernamentales han elaborado un sinnúmero de leyes, códigos, normas, reglamentos, protocolos, decretos, planes y estrategias que apuntan a facilitar a la mujer la atención
especial mandatada.
Les he construido la siguiente tabla que esquematiza el arsenal con que cuenta la República de Nicaragua para la atención especial de la mujer durante el embarazo, entre otras se han
establecidos las siguientes disposiciones.![]() |
Fuente: Elaboracion propia (Consolidación de diferentes bibliografías) |
Como una
forma de ayudar al Estado de Nicaragua a cumplir con este artículo
constitucional, el Comité Promotor detectó el vacío legal que existe en la
normativa nacional sobre la interrupción del embarazo por causas de salud y
presenta la Iniciativa de
una Ley Especial que desde su nombre hace un llamado a cumplir con la prioridad de la
protección de la salud y vida de la
mujer cuando el embarazo implica riesgos.
2 Clasificaciones de las leyes.[1]
Leyes generales: Las
leyes generales son concebidas, elaboradas y promulgadas para regir situaciones
corrientes aplicables a la generalidad de las personas y casos.
Son
normas que se refieren a clases de sujetos y ocasiones determinadas.
Normalmente las leyes tienen este carácter, pues son hechas para regular y
regir situaciones generales dentro de la convivencia humana, por ejemplo El
Código Penal de Nicaragua, Ley N° 641.
Leyes especiales: Las
leyes especiales son creadas para regular situaciones particulares, es decir, van
dirigidas a resolver un hecho individual o particular. Constituyen un conjunto
de normas que específicamente van dirigidas a un determinado sujeto y a
ocasiones específicas, por ejemplo: Código de la Niñez y Adolescencia, Ley
779.-
La
ley especial por contener normas especiales tiene aplicación preferencial sobre
las leyes generales.
En
relación a la Iniciativa “Ley Especial para la Interrupción del Embarazo por
razones de salud”, trata de una situación difícil que solamente las mujeres la
viven durante la etapa del embarazo.
La Iniciativa presentada a la Asamblea Nacional propicia el
cumplimiento del Arto 74 de nuestra constitución se hace eco de las palabras del Papa Francisco
en su homilía de Navidad: “Ante una
cultura de la indiferencia, que con frecuencia termina por ser despiadada,
nuestro estilo de vida ha de estar lleno de piedad, de empatía, de compasión,
de misericordia, que extraemos cada día del pozo de la oración.”
Como mujer y ginecóloga no puedo imaginar una mayor
indiferencia despiadada que la que puede sufrir una mujer que lucha por su vida
y la actual legislación le coloca barreras para acceder a una interrupción del
embarazo por causas de salud.
[1]
Flores Rosario: ¿Por qué una ley especial para la interrupción del embarazo por
causas de Salud en Nicaragua?. Documento colaboración especial. Nicaragua. Enero
2016
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